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SOC
Servei d'Ocupació de Catalunya

Preguntas y respuestas

  1. Soy una persona extranjera, ¿qué documentación necesito para inscribirme como demandante de empleo?
  2. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Qué es el DARDE?
  3. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Dónde tengo que ir a "fichar", "sellar" o "renovar la demanda" y en qué horario?
  4. (RENOVAR LA DEMANDA) No he ido a "fichar", "sellar" o "renovar la demanda". ¿Qué me puede pasar?
  5. (RENOVAR LA DEMANDA) No podré ir a “fichar”, “sellar” o "renovar la demanda" el día que me toca.
  6. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Qué necesito para renovar la demanda por Internet?
  7. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Qué es el PIN? ¿Donde lo puedo encontrar?
  8. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Qué hago si he perdido el PIN?
  9. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Tengo que renovar la demanda si estoy asistiendo a un curso de formación? ¿O si estoy de baja médica?
  10. (PRESTACIONES) Me he quedado sin trabajo. ¿Qué requisitos tengo que cumplir para cobrar la prestación por desempleo?
  11. (PRESTACIONES) ¿Qué documentación se necesita para solicitar la prestación por desempleo?
  12. (PRESTACIONES) Acabo de quedarme sin trabajo y quiero solicitar el paro. ¿He de inscribirme como demandante de empleo?
  13. (PRESTACIONES) ¿Cuál es la cuantía de la prestación por desempleo y cómo se determina?
  14. (PRESTACIONES) ¿Cuál es la duración de la prestación contributiva por desempleo?
  15. (PRESTACIONES) ¿Cuál es la fecha de inicio de la prestación? ¿Cuándo se empieza a cobrar?
  16. (PRESTACIONES) ¿Qué períodos de trabajo se tienen en cuenta para las prestaciones de desempleo?
  17. (PRESTACIONES) ¿Qué tengo que hacer para solicitar la capitalización o pago único? ¿Qué requisitos tengo que cumplir?
  18. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué tengo que hacer para darme de alta como demandante de empleo?
  19. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué tengo que hacer para solicitar una prestación?
  20. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué tengo que hacer para solicitar un subsidio después del agotamiento de la prestación contributiva?
  21. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué tengo que hacer para darme de baja como demandante de empleo y perceptor de prestaciones?
  22. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué tengo que hacer si quiero solicitar la suspensión de la demanda/prestación cuando se hacen cursos de formación, en casos de incapacidad temporal, maternidad, etc.?
  23. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué documentación necesito para inscribirme en las Oficinas de Trabajo?
  24. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué documentación necesito para solicitar una prestación?
  25. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Dónde puede solicitar un certificado de...?
  26. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) Me he quedado sin trabajo, ¿qué requisitos tengo que cumplir para cobrar la prestación por desempleo?
  27. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Cuáles son las situaciones compatibles con la percepción de prestaciones por desempleo?
  28. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Cuáles son las situaciones incompatibles con la percepción de prestaciones por desempleo?
  29. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Cuáles son las causas de suspensión de las prestaciones?
  30. (OFERTAS) ¿Dónde puedo buscar ofertas de trabajo?
  31. (OFERTAS) ¿Qué tengo que hacer para ser candidato o inscribirme en una oferta?
  32. (OFERTAS) ¿Qué tengo que hacer si quiero más información sobre una oferta?
  33. (OFERTAS) Querría hacer prácticas laborales en el extranjero. ¿Qué información me puede ofrecer el Departamento?
  34. (FORMACIÓN) ¿Qué formación hay para formadores?
  35. (FORMACIÓN) Querría conocer la oferta formativa de los centros colaboradores. ¿Dónde la puedo consultar?
  36. (FORMACIÓN) ¿Quién puede disfrutar de la formación que ofrece el SOC?
  37. (FORMACIÓN) ¿Qué tipo de formación ofrece el SOC?
  38. (FORMACIÓN) ¿Cómo puedo encontrar cursos de formación?
  39. (FORMACIÓN) ¿Qué cursos hay si actualmente estoy trabajando?
  40. (FORMACIÓN) ¿Dónde puedo consultar los cursos?
  41. (FORMACIÓN) ¿Qué cursos hay si actualmente no estoy trabajando?
  42. (FORMACIÓN) ¿Qué tengo que hacer para apuntarme a un curso de formación?
  43. (FORMACIÓN) ¿Tienen algún tipo de compensación económica los cursos?
  44. (FORMACIÓN) ¿Tienen algún coste para los alumnos estas acciones?
  45. (FORMACIÓN) ¿Puedo realizar un curso de formación si estoy de baja médica?
  46. (FORMACIÓN) ¿Puedo realizar un curso de formación si estoy jubilado?
  47. (FORMACIÓN) Soy una persona estranjera, ¿puedo apuntarme a un curso de Formación Ocupacional?
  1. Soy una persona extranjera, ¿qué documentación necesito para inscribirme como demandante de empleo?

    Las personas trabajadoras extranjeras con nacionalidad no comunitaria necesitan tener un número de identificación de extranjero (NIE), un documento que les identifique (tarjeta de identificación de extranjero o extranjera o pasaporte en vigor) y su autorización administrativa de estancia (estudiantes) o de residencia en alguna de las situaciones siguientes:

    • Autorización administrativa de estancia, de residencia o de residencia i trabajo, en vigor; es decir, no caducada.
    • En caso de estar caducada la autorización administrativa, hay que tener la solicitud de renovación, expedida entre los 60 días naturales antes de la fecha de expiración o en los 3 meses posteriores.

    Las personas trabajadoras extranjeras con nacionalidad comunitaria se podrán inscribir por un período de tres meses presentando el pasaporte o su documento nacional de identidad en vigor.

    Pasados estos tres meses, será necesario tener un número de identificación de extranjero o extranjera (NIE) para continuar inscrita.

  2. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Qué es el DARDE?

    Es el documento que acredita haberse inscrito en el SOC o haber renovado la demanda de empleo, y que contiene la fecha de la próxima renovación.

    Al hablar de "fichar", "sellar" o "renovar la demanda" nos referimos al DARDE (Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo).

    La renovación de la demanda es una obligación para los demandantes de empleo y los beneficiarios de prestaciones y subsidios de desempleo.

    La renovación ("fichar") se hace de manera presencial en la Oficina de Trabajo que toca, en los días que indica el DARDE y también a través de Internet: http://www.oficinatreball.net/renovacio

  3. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Dónde tengo que ir a "fichar", "sellar" o "renovar la demanda" y en qué horario?

    Puede ir a “sellar”, “fichar” o “renovar la tarjeta” a través de Internet: http://www.oficinatreball.net/renovacio.

    También puede hacerlo en el mismo horario de atención al público de las Oficinas de Trabajo. Es decir, de 8:15h a 13:30h.

  4. (RENOVAR LA DEMANDA) No he ido a "fichar", "sellar" o "renovar la demanda". ¿Qué me puede pasar?

    Si no ha ido a “fichar”, “sellar” o “renovar la tarjeta” a la oficina o por Internet, no estará inscrito como demandante de empleo. No podrá disfrutar de los servicios que ofrecen las Oficinas de Trabajo: acceder a la bolsa de trabajo, acceder a los cursos de formación,etc.

    Además, si cobra prestación o subsidio, no estar inscrito como demandante de empleo es motivo para que el SPEE (antes INEM) deje de pagarle la prestación o subsidio y posiblemente inicie un proceso sancionador por infracción leve.

    Es necesario que vaya a su Oficina de Trabajo para volver a inscribirse como demandante de empleo, cuanto antes mejor y preguntar qué trámites tiene que seguir para volver a percibir la prestación.

  5. (RENOVAR LA DEMANDA) No podré ir a “fichar”, “sellar” o "renovar la demanda" el día que me toca.

    En el caso de que en la fecha de sellado tenga previsto algo que le impida acudir,

    • Podría renovar la demanda a través de Internet: http://www.oficinatreball.net/renovacio, o
    • Póngalo en conocimiento del personal de su Oficina de Trabajo, por escrito y antes de la fecha de renovación, por si pudieran encontrar una solución y evitar así la posible sanción.
  6. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Qué necesito para renovar la demanda por Internet?

    La renovación por Internet es un sistema totalmente válido y  oficial, que permite a las personas demandantes poder renovar su tarjeta de paro desde casa.

    Podéis renovar la demanda a través de Internet a: http://www.oficinatreball.net/renovacio.

    Para renovar la demanda por Internet se necesita:

    • La tarjeta DARDO, en donde aparecen los datos necesarios para la renovación: el DNI y la palabra clave de paso (PIN) que encontrará en su tarjeta de desempleo, o
    • Un certificado digital.

    Una vez lo haya hecho, imprima el documento de renovación que certificará la voluntad de seguir inscrito en el SOC y conocer la fecha de la próxima renovación.

  7. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Qué es el PIN? ¿Donde lo puedo encontrar?

    El PIN es un identificador único de la tarjeta de renovación de demanda DARDO

  8. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Qué hago si he perdido el PIN?

    Puede recuperar el PIN si reimprime la tarjeta DARDO. Volverá a disponer así de la clave de acceso necesaria para renovar la tarjeta por Internet.

    Puede reimprimir la tarjeta DARDO desde el apartado Obtención de Informes.

    Para entrar en Obtención de informes, necesitá un certificado digital. Si no tiene uno, deberá ir a su Oficina de Trabajo, dónde le reimprimirán la tarjeta DARDO y así volverá a tener el PIN.

  9. (RENOVAR LA DEMANDA) ¿Tengo que renovar la demanda si estoy asistiendo a un curso de formación? ¿O si estoy de baja médica?

    No. En caso de suspensión de la demanda por asistir a un curso de formación o estar de baja médica, no hay que renovar la demanda, ni presencialmente ni por Internet.

  10. (PRESTACIONES) Me he quedado sin trabajo. ¿Qué requisitos tengo que cumplir para cobrar la prestación por desempleo?

    Para poder acceder a una prestación contributiva de desempleo hay que cumplir los requisitos siguientes:

    1. Estar en situació legal de desempleo (es decir, no haber dejado de trabajar voluntariamente).
    2. Haber trabajado por cuenta ajena y tener un período mínimo de cotización de 360 días trabajados en los seis últimos años antes de cesar en el empleo.
    3. Estar inscrito en su Oficina de Trabajo como demandante de empleo.
    4. No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación (65 años).
    5. Presentar la solicitud de prestación por desempleo en su Oficina de Trabajo en los 15 días hábiles (incluidos sábados) siguientes a la situación de desempleo.

    Además, si el despido se ha producido estando de baja médica, habrá que esperar a tener el alta para tramitar la prestación.

  11. (PRESTACIONES) ¿Qué documentación se necesita para solicitar la prestación por desempleo?

    1. Impreso de solicitud de la prestación de desempleo debidamente rellenado (se lo darán en la Oficina de Trabajo). Incluye información sobre la declaración de hijos a cargo y las rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de la petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria)
    2. Identificación de la persona solicitante.
      • Si es ciudadano del estado Español. Documento Nacional de Identidad (DNI), carnet de conducir, pasaporte.
      • Si es extranjero, la documentación que le identifica y que deberá aportar es la que se detalla haciendo clic aquí.
    3. Libro de familia o documento equivalente en el caso de extranjeros, si declara tener hijos a su cargo.
    4. Certificado/s de empresa de las empresas en qué haya trabajado los últimos 6 meses.
  12. (PRESTACIONES) Acabo de quedarme sin trabajo y quiero solicitar el paro. ¿He de inscribirme como demandante de empleo?

    Sí, ha de inscribirse como demandante de empleo. Y además, tiene que:

    • Presentar la solicitud de la prestación a la Oficina de Trabajo correspondiente, durante los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo. No son días hábiles los domingos ni festivos.
    • Aportar la siguiente documentación:
      1. Impreso de solicitud de la prestación de desempleo debidamente rellenado (se lo darán en la Oficina de Trabajo). Incluye información sobre la declaración de hijos a cargo y las rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de la petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
      2. Identificación de la persona solicitante.
        • Si es ciudadano del estado Español. Documento Nacional de Identidad (DNI), carnet de conducir, pasaporte.
        • Si es extranjero, la documentación que le identifica y que deberá aportar es la que se detalla haciendo clic aquí.
      3. Libro de familia o documento equivalente en el caso de extranjeros, si declara tener hijos a su cargo.
      4. Certificado/s de empresa de las empresas en qué haya trabajado los últimos 6 meses.
  13. (PRESTACIONES) ¿Cuál es la cuantía de la prestación por desempleo y cómo se determina?

    La cuantía de la prestación por desempleo se calcula a partir de la base reguladora del trabajador. La base reguladora (en su nómina encontrará un apartado con este nombre) será la media de las bases de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, excluída la retribución por horas extraordinarias, por las cuales la empresa haya cotizado a la Seguridad Social por el trabajador durante los últimos 180 días precedentes a la situación legal de desempleo o al momento en qué cesó la obligación de cotizar.

    El importe a percibir será:

    • Durante los 180 primeros días, el 70% de la base reguladora.
    • A partir del día 181, el 60% de la base reguladora.

    Acceda al programa que calcula la cuantía de las prestaciones por desempleo.

  14. (PRESTACIONES) ¿Cuál es la duración de la prestación contributiva por desempleo?

    La duración de la prestación contributiva está en función de las cotizaciones por desempleo efectuadas en régimenes de la Seguridad Social que contemplen la citada contingencia, en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. Si en aquel período de tiempo se hubiese cobrado una prestación por desempleo, se tendrán en cuenta las cotizaciones habidas desde el nacimiento del derecho a la citada prestación.

    Para determinar la duración se aplicará la escala siguiente:

    Período de empleo Duración de la prestación
    Desde 360 hasta 539 días 120 días
    Desde 540 hasta 719 días 180 días
    Desde 720 hasta 899 días 240 días
    Desde 900 hasta 1.079 días 300 días
    Desde 1.080 hasta 1.259 días 360 días
    Desde 1.260 hasta 1.439 días 420 días
    Desde 1.440 hasta 1.619 días 480 días
    Desde 1.620 hasta 1.799 días 540 días
    Desde 1.800 hasta 1.979 días 600 días
    Desde 1.980 hasta 2.159 días 660 días
    Desde 2.160 días 720 días
  15. (PRESTACIONES) ¿Cuál es la fecha de inicio de la prestación? ¿Cuándo se empieza a cobrar?

    En caso de reunir todos los requisitos para cobrar la prestación, la fecha de inicio será la siguiente al inicio de la situación legal de desempleo, siempre y cuando se presente la solicitud en los siguientes 15 días hábiles (no son días hábiles los domingos ni festivos).

    Si estuviesen pendientes períodos de vacaciones reglamentarias, el derecho a la prestación se iniciará cuando finalice el período de vacaciones.

    Las veces siguientes se ingresará el importe el día 10 de cada mes y si fuese festivo, el siguiente día hábil (ni domingos ni festivos).

  16. (PRESTACIONES) ¿Qué períodos de trabajo se tienen en cuenta para las prestaciones de desempleo?

    Para tener derecho a cobrar una prestación contributiva por desempleo es necesario haber cotizado por la contingencia de desempleo un mínimo de 360 días en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.

    La duración del derecho se calcula según el período de empleo cotizado durante el indicado período de seis años.

  17. (PRESTACIONES) ¿Qué tengo que hacer para solicitar la capitalización o pago único? ¿Qué requisitos tengo que cumplir?

    Para solicitar la capitalización del desempleo para un trabajador autónomo se puede dirigir a la Oficina de Trabajo más cercana a su domicilio, para que le indiquen los documentos necesarios.

    Es necesario cumplir los siguientes requisitos:

    • Estar en paro y ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo en el momento de la solicitud de pago único.
    • Tener, como mínimo, tres meses de prestación pendientes de percibir.
    • No haber obtenido el reconocimiento del pago único en los cuatro años anteriores.
    • Que la actividad que pretende realizar sea como trabajador autónomo, dándose de alta como tal en la Seguridad Social, o como socio trabajador estable de una cooperativa laboral en funcionamiento (no puede haber mantenido anteriormente una relación laboral o societaria con la misma superior a 24 meses).
    • No haber iniciado la actividad en la fecha de solicitud de pago único.
    • Si se hubiese presentado demanda ante el cese de la relación laboral origen de la prestación, la solicitud del pago único ha de ser posterior a la resolución del procedimiento judicial.
    • Y además, tendrá que aportar la siguiente documentación complementaria, sólo si es necesario:
      • Justificante de los ingresos obtenidos el mes anterior a la solicitud, por la persona solicitante, cónyuge y descendientes.
      • Fotocopia de la resolución del expediente de revisión por mejora.
      • Certificados de empresa, firmados y sellados por la empresa o empresas en las que ha trabajado.
      • Certificación emitida por las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno, en la que conste la fecha del retorno y el tiempo trabajado en el país de emigración.
      • Formulario E-301, si vuelve de un país miembro del Espacio Económico Europeo o Suiza, o formulario de enlace que recoja los períodos trabajados en un país con el que haya convenio sobre protección de desempleo.
  18. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué tengo que hacer para darme de alta como demandante de empleo?

    Si es la primera vez que se inscribe como demandante de empleo en las Oficinas de Trabajo tendrá que:

    1. Dirigirse a su Oficina de Trabajo.
    2. Llevar un documento en VIGOR que le identifique (DNI, carnet de conducir, pasaporte, permiso de trabajo y/o residencia en caso de extranjeros).
    3. Y al darse de alta por primera vez, mediante una entrevista en profundidad, se recogerán sus datos personales, de formación, de experiencia laboral, etc., estableciendo así su perfil profesional, con el objetivo de facilitar la colocación. Por eso, tendrá que aportar los títulos formativos y los carnets profesionales de qué disponga.

    Si anteriormente ya ha estado inscrito como demandante de empleo, sólo será necesario que se dirija a su Oficina de Trabajo con un documento en VIGOR que le identifique (DNI, carnet de conducir, pasaporte).

    Si es extranjero, la documentación que le identifica y que deberá aportar es la que se detalla haciendo clic aquí.

  19. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué tengo que hacer para solicitar una prestación?

    • Tiene que inscribirse como demandante de empleo.
    • Tiene que presentar la solicitud de prestación a la Oficina de Trabajo correspondiente, en los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo. No son días hábiles los domingos ni los días festivos.
    • Para solicitar la prestación tiene que aportar la documentación siguiente:
      1. Impreso de solicitud de la prestación de desempleo debidamente rellenado (se lo darán en la Oficina de Trabajo). Incluye información sobre la declaración de hijos a cargo y las rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de la petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria)
      2. Identificación de la persona solicitante.
        • Si es ciudadano del estado español. Documento Nacional de Identidad (DNI), carnet de conducir, pasaporte.
        • Si es extranjero, la documentación que le identifica y que deberá aportar es la que se detalla haciendo clic aquí.
      3. Libro de familia o documento equivalente en el caso de extranjeros si declara tener hijos a cargo.
      4. Certificado/s de empresa de las empresas dónde haya trabajado los últimos 6 meses.
  20. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué tengo que hacer para solicitar un subsidio después del agotamiento de la prestación contributiva?

    Para cobrar un subsidio tendrá que:

    • Estar inscrito como demandante de empleo.
    • Dirigirse a su Oficina de Trabajo y aportar la siguiente documentación:
      1. Impreso de solicitud de la prestación de desempleo debidamente rellenado (se lo darán en la Oficina de Trabajo).
      2. Identificación de la persona solicitante, cónyuge y descendientes a cargo que consten en la solicitud mediante la documentación original en vigor siguiente:
        • Si es ciudadano del estado español. Documento Nacional de Identidad (DNI)
        • Si es extranjero, la documentación que le identifica y que deberá aportar es la que se detalla haciendo clic aquí.
      3. Libro de familia o documento equivalente en el caso de extranjeros.
      4. Certificado de discapacidad y grado reconocido de los descendientes que convivan o estén a su cargo expedido por el INSS, IMSERSO u organismo competente (si corresponde).
      5. Resolución judicial o escrito de formalización de la acogida en el que conste el consentimiento de la entidad pública que en cada territorio tenga asignada la protección de menores y fecha de efecto de la acogida.
      6. Sentencia y/o convenio regulador en caso de separación o divorcio.
    • Y además, tendrá que aportar la documentación complementaria siguiente, sólo si es el caso:
      1. Justificante de los ingresos obtenidos el mes anterior a la solicitud, por la persona solicitante, cónyuge y descendientes.
      2. Fotocopia de la resolución del expediente de revisión por mejora.
      3. Certificados de empresa, firmados y sellados por la empresa o empresas dónde ha trabajado.
      4. Certificación emitida por las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno, dónde conste la fecha del retorno y el tiempo trabajado en el país de emigración.
      5. Formulario E-301, si vuelve de un país miembro del Espacio Económico Europeo o Suiza, o formulario de enlace que recoja los períodos trabajados en un país con el que haya convenio sobre protección de desempleo.
  21. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué tengo que hacer para darme de baja como demandante de empleo y perceptor de prestaciones?

    Tiene dos opciones para darse de baja:

    • Dirigirse a su Oficina de Trabajo.
    • Mediante el web del SOC si dispone de certificado digital.

    Si además es perceptor de una prestación o subsidio, sepa que tiene la obligación que ha empezado a trabajar o que ha desistido de buscar trabajo al Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM). Tiene dos opciones para hacerlo:

    • Dirigirse a su Oficina de Trabajo.
    • Llamar al teléfono del Servicio Público de Empleo Estatal 901 119 999. El horario de atención es de 9 a 14h.

    Si, aunque haya empezado a trabajar, quiere continuar inscrito como demandante de empleo, póngase en contacto con su Oficina de Trabajo.

  22. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué tengo que hacer si quiero solicitar la suspensión de la demanda/prestación cuando se hacen cursos de formación, en casos de incapacidad temporal, maternidad, etc.?

    Si quiere suspender su demandan o prestación:

    • Tendrá que dirigirse a su Oficina de Trabajo dónde le asesorarán sobre la situación que mejor se adapte a cada caso.
    • Tendrá que aportar un documento que acredite su estado o caso (por ejemplo, en caso de baja maternal lleve la baja del ginecólogo, en caso de baja por incapacidad temporal lleve la baja del médico de familia).
  23. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué documentación necesito para inscribirme en las Oficinas de Trabajo?

    Tendrá que aportar un documento en VIGOR que le identifique (DNI, carnet de conducir, pasaporte).

    Si es extranjero, la documentación que le identifica y que deberá aportar es la que se detalla haciendo clic aquí.

    Y al darse de alta por primera vez, mediante una entrevista en profundidad, se recogerán sus datos personales, de formación, de experiencia laboral, etc., estableciendo así su perfil profesional, con el objetivo de facilitar la colocación. Por eso, tendrá que aportar todos los títulos formativos y carnets profesionales.

  24. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Qué documentación necesito para solicitar una prestación?

    1. La solicitud de prestación rellenada. Podrá encontrar el documento en su Oficina de Trabajo. Incluye información sobre la declaración de hijos a cargo y las rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de la petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
    2. Identificación del solicitante: DNI, carnet de conducir, pasaporte.
      Si es extranjero, la documentación que le identifica y que deberá aportar es la que se detalla haciendo clic aquí.
    3. Libro de familia o equivalente en caso de extranjeros si declara tener hijos a cargo.
    4. Certificado/s de empresa de las empresas en las que ha trabajado en los últimos 6 meses.
  25. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Dónde puede solicitar un certificado de...?

    Las Oficinas de Trabajo emiten los certificados siguientes:

    1. Informe con la información de los empleos que ha solicitado.
    2. Informe con los servicios que ha solicitado.
    3. Documento de renovación de la demanda (DARDE)
    4. Informe sobre su situación respecto a la demanda de empleo.
    5. Informe de perceptor de prestaciones/subsidio.
    6. Informe de certificado de inscripción.
    7. Certificado para solicitar la jubilación.

    Puede solicitarlos en su Oficina de Trabajo presentando un documento que le identifique (DNI o pasaporte). Si le es imposible ir a su Oficina de Trabajo para solicitar un certificado, puede autorizar por escrito a otra persona.
    Si es extranjero, la documentación que le identifica y que deberá aportar es la que se detalla haciendo clic aquí.

  26. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) Me he quedado sin trabajo, ¿qué requisitos tengo que cumplir para cobrar la prestación por desempleo?

    Para poder acceder a una prestación contributiva de desempleo hay que cumplir los requisitos siguientes:

    1. Estar en situación legal de desempleo (es decir, no haber dejado de trabajar voluntariamente).
    2. Haber trabajado por cuenta ajena y tener un período mínimo de cotización de 360 días trabajados en los seis últimos años antes de cesar el trabajo.
    3. Estar inscrito en la Oficina de Trabajo correspondiente como demandante de empleo.
    4. No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación (65 años).
    5. Presentar la solicitud de prestación por desempleo en su Oficina de Trabajo en los 15 días hábiles (incluidos sábados) siguientes a la situación de desempleo.

    Además, si le han despedido estando de baja médica, tendrá que esperar a tener el alta para tramitar la prestación.

  27. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Cuáles son las situaciones compatibles con la percepción de prestaciones por desempleo?

    La prestación contributiva y el subsidio por desempleo son compatibles con:

    • El trabajo a tiempo parcial, ya que puede hacer compatible la prestación. Tendrá que ir a su Oficina de Trabajo con el contrato. Tiene 15 días desde el inicio del contrato.
    • Las pensiones de jubilación parcial y pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social que hubiesen sido compatibles con el trabajo que originó la prestación.
    • Pensiones reconocidas y abonadas por un Estado diferente al español.
    • Los trabajos de colaboración social que el Servicio Público de Empleo Estatal pueda exigir a los perceptores de prestaciones por desempleo, ya que estos no implican la existencia de relación laboral entre el parado y la entidad en la que se prestan los citados trabajos.
    • La indemnización legal que sea procedente por la extinción del contrato de trabajo. Por importe de indemnización legal hay que entender la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de desarrollo o, en su caso, en ejecución de sentencia, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato.
    • Las becas y ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan para la asistencia a acciones de formación ocupacional previstas en el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, u otros subvencionados con fondos del Servicio Público de Empleo Estatal.
    • El ejercicio retribuido de cargos públicos o sindicales que supongan dedicación parcial.
    • Las prestaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo.
    • Estar haciendo formación, siempre que no implique relación laboral.

    Si se trata de un subsidio por desempleo, hay que considerar que, en todos los supuestos anteriores, la contabilidad está también condicionada a que el interesado continúe falto de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (incluída la pensión de jubilación parcial), y continue acreditando las responsabilidades familiares que, en su caso, se tuvieron en cuenta para acceder al subsidio.

  28. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Cuáles son las situaciones incompatibles con la percepción de prestaciones por desempleo?

    La prestación y el subsidio por desempleo son incompatibles con:

    • El trabajo retribuido por cuenta ajena a tiempo completo.
    • El trabajo por cuenta propia, con independencia del número de horas que se dediquen a la actividad.

    Se considera trabajo cualquier actividad que genere ingresos económicos.

    • Actividades de investigación retribuidas que supongan dedicación exclusiva.
    • Las pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social incompatibles con el trabajo: jubilación, baja por maternidad o paternidad, etc.
    • El ejercicio retribuido de cargos públicos o sindicales.
    • Residencia en el extranjero (si quiere exportar su derecho a percibir la prestación en alguno de los países de la Unión Europea haga clic en Prestación contributiva por desplazamiento al extranjero

    El beneficiario está obligado a comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal la concurrencia de alguno de los casos de incompatibilidad descritos, para que se proceda a suspender el pago de la prestación o subsidio.

  29. (ALTAS, BAJAS Y SUSPENSIONES) ¿Cuáles son las causas de suspensión de las prestaciones?

    La ley establece que, en situaciones concretas, el abono de la prestación o subsidio por desempleo tiene que interrumpirse y que, una vez finalizada la causa de la suspensión, la persona trabajadora solicitará el retomarla, excepto en el caso de las suspensiones derivadas de sanción, en que la prestación se retomará de oficio por el Servicio Público de Empleo Estatal.

    Las causas de suspensión del derecho son:

    • La imposición de sanciones por infracciones leves y graves en los términos establecidos en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
    • El cumplimiento de condena que implique privación de libertad, excepto si el titular tiene responsabilidades familiares.
    • Iniciar una relación laboral por cuenta ajena a tiempo completo o por cuenta propia, con independencia del número de horas que se dedican a la actividad. Si la relación laboral por cuenta ajena es a tiempo parcial, se puede hacer compatible la prestación. Tendrá que ir a su Oficina de Trabajo llevando el contrato. Tiene 15 días desde el inicio del contrato.
    • El traslado de residencia al extranjero para la búsqueda o realización de un trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período continuado inferior a doce meses. Si la salida al extranjero obedece a razones diferentes de las anteriores, el derecho a la prestación se extinguirá desde la fecha de salida al extranjero.
    • Iniciar una situación de maternidad.
    • Iniciar una situación de paternidad.
  30. (OFERTAS) ¿Dónde puedo buscar ofertas de trabajo?

    Puede encontrarlas en el buscador de ofertas de esta web.
  31. (OFERTAS) ¿Qué tengo que hacer para ser candidato o inscribirme en una oferta?

    Hay una condición indispensable para que un demandante de empleo sea candidato de una oferta: tiene que estar dado de alta como demandante de empleo, lo que significa estar inscrito en el Servicio de Empleo de Cataluña (SOC).

    Cuando la persona demandante está dada de alta en el SOC, hay dos vías para que sea candidata de una oferta:

    1. que sea candidata por búsqueda automática, es decir, los sistemas informáticos del SOC buscan en su base de datos de personas demandantes aquellas que se ajustan más al perfil que se solicita en la oferta y son propuestas a la empresa.
    2. que la persona demandante se interese por una oferta que está en difusión, ya sea a través de la web del SOC, como a través de la Oficina de Trabajo.

    La forma de presentación de candidaturas a la empresa, para iniciar el proceso de selección dependerá de la modalidad que esta haya escogido:

    • podrá recibir por correo electrónico los currículums de las personas candidatas disponibles
    • podrá recibir de forma presencial a la persona candidata propuesta, que irá acompañada de una carta de presentación, y si es necessario, podrá aportar su currículum y/o concertar una cita previa.

    Si busca empleo y no se ha inscrito nunca en el SOC como persona demandante: es necesario que lo haga, dirigiéndose a la Oficina de Trabajo que le corresponda respecto su residencia.

  32. (OFERTAS) ¿Qué tengo que hacer si quiero más información sobre una oferta?

    Se tendrá que dirigir a su Oficina de Trabajo.

    Sepa que actualmente dispone de información sobre las diferentes ofertas de trabajo de las Oficinas de Trabajo en la web del SOC. En un futuro, en la web se podrá consultar información más amplia de las ofertas de trabajo.

  33. (OFERTAS) Querría hacer prácticas laborales en el extranjero. ¿Qué información me puede ofrecer el Departamento?

    Desde el Área de Intercambios Internacionales del Departamento de Trabajo se gestionan diversos programas de prácticas laborales, tanto para personas residentes en Cataluña que quieren hacer prácticas en el extranjero, como para personas residentes en las regiones europeas con las que se tiene convenio que quieren hacer prácticas en Cataluña, siempre en el marco de los programas Leonardo da Vinci y Eurodissea.

    Es sólo en el marco de estos convenios de colaboración que se le pueden indicar prácticas laborales.

    Para más información, puede ponerse en contacto con el Área de Intercambios Internacionales:

    Servicio de Empleo de Cataluña
    Intercambios Internacionales
    C/ Llull, 297, 3ª planta
    08019 Barcelona
    Tel: 93 553 63 41/ 42 / 44
    A/e: intercanvis.soc@gencat.net
    Más información sobre Trabajo en prácticas.

  34. (FORMACIÓN) ¿Qué formación hay para formadores?

    El Servicio de Empleo de Cataluña, en colaboración con el Fondo Social Europeo, pone en marcha un programa de formación dirigido a los formadores de la formación profesional para la ocupación (ocupacional y continua) con el doble objetivo de contribuir a la formación permanente de los formadores, tanto metodológica como técnica, y de mejorar la calidad de las acciones formativas dirigidas a todos los trabajadores y trabajadoras de Cataluña, tanto en situación de desempleo como ocupados.

    El programa de formación de formadores se enmarca dentro la directriz de mejora de la calidad de la formación y por tanto de mejora de la cualificación de las personas trabajadoras, tanto si se encuentran en situación de desempleo como en activo. En consecuencia, desde el Servicio de Empleo de Cataluña se espera que los expertos docentes de todos los centros de formación homologados participen y se obtenga el mayor aprovechamiento.

    Formación metodológica

    Se imparte en la modalidad de e-learning, com el acompañamiento de tutores, a través de la plataforma de formación en Internet del SOC, eCIFO (http://www.ecifo.net).

    Es requisito para solicitar la participación en los cursos: ser formador de formación profesional ocupacional o de formación continua. En el procedimiento de selección de los alumnos se tiene en cuenta el orden de presentación de las solicitudes.

    El catálogo de cursos consta de dos especialidades:

    Formador virtual

    El objetivo de este curso es el de dar a conocer los elementos básicos de la formación virtual. El alumno adquirirá tanto los conocimientos teóricos como las estrategias prácticas necesarias para poder trabajar como formador o formadora virtual.

    El curso consiste en 4 módulos:

    • Aspectos fundamentales de la formación en línea y de sus características.
    • El formador en línea.
    • El estudiante en línea. Características del aprendizaje colaborativo.
    • Acción docente en un Entorno Virtual de Aprendizaje.

    Encontrará el programa completo del curso en http://www.ecifo.net

    Programa formativo para Formadores

    Dirigido a formadores y formadoras de formación profesional para la ocupación (acciones formativas, escuelas taller, etc.) que quiere profundizar en las habilidades necesarias para desarrollar sus funciones docentes.

    El curso está formado por 4 módulos que se desplegarán como un itinerario formativo con los siguientes contenidos:

    • Perfil profesional del formador.
    • Programación y gestión de propuestas formativas.
    • Habilidades y estrategias docentes.
    • Evaluación de aprendizajes.

    El programa completo del curso se puede descargar en http://www.ecifo.net

    Formación técnica

    Están dirigidos a los docentes que imparten cursos de formación profesional en cualquier de los dos subsistemas: formación profesional inicial y formación profesional para la ocupación.

    Son requisitos para solicitar la participación en los cursos: ser formador de formación profesional y tener el nivel de entrada exigido para cada programa.

    Además, como criterios de selección, se tendrán en cuenta: el orden de presentación de las solicitudes y la relación de la acción solicitada con la especialidad que imparte el formador.

    Plan de perfeccionamiento técnico de formadores del Plan de Formación e Inserción Profesional (FIP) 2007

    La Subdirección General de Gestión de la Formación Ocupacional del Servicio Público de Empleo Estatal, con la colaboración de las Comunidades Autónomas, ha publicado el Plan de Perfeccionamiento técnico de Formadores del Plan FIP, con el objetivo de dar respuesta a las necesidades de perfeccionamiento y actualización técnica y docente de los formadores.

    El Plan está destinado a las personas que realizan tareas docentes del Plan FIP (formación ocupacional, escuelas taller, casas de oficios y talleres de ocupación), las cuales, si reunen los requisitos, pueden solicitar las ayudas económicas para los gastos de transporte, alojamiento y/o manutención. La formación se imparte en los Centros Nacionales de Formación Profesional Ocupacional.

    En Cataluña, actualmente esta formación técnica se imparte en el CIFO Sant Feliu con cursos de la familia de la Mecánica.

    Más información sobre la formación técnica en www.inem.es y en esta web en Formación de formadores.

  35. (FORMACIÓN) Querría conocer la oferta formativa de los centros colaboradores. ¿Dónde la puedo consultar?

    Puede consultar la oferta formativa de los centros colaboradores del Departamento de Trabajo, con plazo de inscripción abierto en la aplicación que encontrará en la web del Servicio de Empleo de Cataluña (SOC).

    Esta aplicación ofrece la posibilidad de hacer búsquedas de cursos por especialidad, por provincia, por comarca y también por municipio.

    También puede descargarse la Guía de Cursos de Formación Ocupacional 2008-2009 aquí.

  36. (FORMACIÓN) ¿Quién puede disfrutar de la formación que ofrece el SOC?

    Los cursos de formación que ofrece el SOC están dirigidos a trabajadores/as en activo o situación de desempleo. No obstante, los diferentes tipus de curso se dirigen a personas en diferente situación:

    • Personas trabajadoras en activo
    • Personas trabajadoras en paro
    • Formación para formadores

    Si quiere saber qué cursos están disponibles para cada perfil, vea la pregunta siguiente.

  37. (FORMACIÓN) ¿Qué tipo de formación ofrece el SOC?

    1. Formación Profesional Ocupacional. Son cursos dirigidos a trabajadores en activo o en paro. Incluyen formación teórica y la posibilidad de realizar prácticas en empresas y, en algunos casos, estancias de perfeccionamiento en el extranjero. Se llevan a cabo mediante los Centros de Innovación y Formación Ocupacional (CIFO) del Servicio de Empleo de Cataluña.
    2. Formación Ocupación. Agrupa los cursos que se llevan a cabo en las casas de oficios, las escuelas taller y en los talleres ocupacionales. Tienen como finalidad dar formación y trabajo a personas paradas, mientras participan en un proyecto de utilidad pública o de interés general relacionado con la conservación y restauración del patrimonio y del medio natural, y facilitar su incorporación al mercado laboral. Organizados por ayuntamientos, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.
    3. Formación Continua. Creados para garantizar la formación a lo largo de toda la vida laboral. Gestionados por el Consorcio de la Formación Continua y organizados por entidades colaboradoras. Totalmente subvencionados. Están dirigidos a trabajadores en activo.
    4. Formación para formadores. Cursos dirigidos a los formadores de la formación profesional para la ocupación (ocupacional y continua).
  38. (FORMACIÓN) ¿Cómo puedo encontrar cursos de formación?

    Ante todo, sepa que las Oficinas de Trabajo ofrecen servicios de atención que le pueden ayudar a escoger qué formación se adapta más a sus necesidades curriculares y a las demandas del mercado.

    Además, en la web de las Oficinas de Trabajo encontrará un buscador de cursos.

    También puede descargarse:

  39. (FORMACIÓN) ¿Qué cursos hay si actualmente estoy trabajando?

    Hay dos tipus de cursos para trabajadores en activo:

    • Formación Ocupacional: Reciclaje. Cursos dirigidos a trabajadores en activo tanto de pimes como de grandes empresas. Se subvenciona un 52% de los costes generales de la empresa por la participación de sus trabajadores en la formación. Más información.
    • Formación Continua. Creados para garantizar la formación a lo largo de toda la vida laboral. Están gestionados por el Consorcio de la Formación Continua y organizados mediante entidades colaboradoras. Están totalmente subvencionados y tanto puede acceder el trabajador por cuenta propia como por cuenta ajena.
      • Formación intersectorial y de economía social. Formación transversal a cualquier empleo como idiomas, recursos humanos, aplicaciones informáticas, etc.
      • Formación sectorial. Mejora las conocimientos y las habilidades de forma especializada en sectores concretos.

    Ver más infomración sobre Formación Continua.

  40. (FORMACIÓN) ¿Dónde puedo consultar los cursos?

    En la web de las oficinas de Trabajo encontrará un buscador de cursos.

    La dirección es: http://www.oficinadetreball.cat

  41. (FORMACIÓN) ¿Qué cursos hay si actualmente no estoy trabajando?

    Hay tres tipos de cursos para trabajadores en paro y en todos los casos es imprescindible estar inscrito/a en la Oficina de Trabajo como demandante de empleo.

    • Formación Profesional Ocupacional. Cursos dirigidos a trabajadores en paro con el objetivo de promocionarles en las competencias profesionales requeridas para una ocupación concreta. Incluyen formación teórica y la posibilidad de realizar prácticas en empresas.
      Se llevan a cabo mediante los Centros de Innovación y Formación Ocupacional (CIFO) del Servicio de Empleo de Cataluña y la red de centros colaboradores públicos o privados.
    • Formación Ocupación. Agrupa los cursos que se llevan a cabo en las casas de oficios, las escuelas taller y en los talleres ocupacionales. Tienen como finalidad dar formación y trabajo a personas paradas, mientras participan en  un proyecto de utilidad pública o de interés general relacionado con la conservación y restauración del patrimonio y del medio natural, y facilitar su incorporación al mercado laboral. Organizados por ayuntamientos, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.
    • Otros programas de formación. Para mejorar la ocupabilidad de los diferentes parados inscritos en el Servicio de Empleo de Cataluña ofrece programas adaptados a las necesidades específicas de formación y orientación profesional de cada colectivo. En su Oficina de Trabajo le informarán de las diferentes opciones.
  42. (FORMACIÓN) ¿Qué tengo que hacer para apuntarme a un curso de formación?

    Tiene que dirigirse al centro de formación que imparte el curso. Encontrará la información de contacto en la oferta de cursos vinculada a la oferta de cursos o directamente en su Oficina de Trabajo, dónde recibirá información más personalizada.
  43. (FORMACIÓN) ¿Tienen algún tipo de compensación económica los cursos?

    Toda la información sobre becas y ayudas del SOC la puede encontrar en el apartado Becas y Ayudas de la web del SOC.

  44. (FORMACIÓN) ¿Tienen algún coste para los alumnos estas acciones?

    No, son acciones totalmente subvencionadas por el Servicio de Empleo de Cataluña (SOC), motivo por el cual los alumnos y las alumnas no tienen que pagar ninguna cantidad bajo ningún concepto.
  45. (FORMACIÓN) ¿Puedo realizar un curso de formación si estoy de baja médica?

    Para realizar un curso como parado hay que estar inscrito en la Oficina de Trabajo como demandante de empleo en búsqueda de empleo. Si está de baja médica quiere decir que en estos momentos no está inscrito en la Oficina de Trabajo en búsqueda de empleo.
  46. (FORMACIÓN) ¿Puedo realizar un curso de formación si estoy jubilado?

    Para realizar un curso como parado hay que estar inscrito en la Oficina de Trabajo como demandante de empleo en búsqueda de empleo. Si está jubilado quiere decir que en estos momentos no está inscrito en la Oficina de Trabajo en búsqueda de empleo.
  47. (FORMACIÓN) Soy una persona estranjera, ¿puedo apuntarme a un curso de Formación Ocupacional?

    Sí, siempre y cuando esté inscrito en el Servei d'Ocupació de Catalunya como demandante de empleo. Este es el requisito fundamental para poder realizar un curso de formación ocupacional.

    Las personas extranjeras inscritas como demandantes de empleo en el SOC pueden acceder y participar en todos los programas que se impulsan desde el SOC dirigidos a facilitarles el acceso al mundo del trabajo.

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