Existen diferentes tipos de autorizaciones de residencia y trabajo:
Autorizan a residir y trabajar durante el periodo indicado en la autorización. La primera vez que se emite una autorización de este tipo es para una duración máxima de un año, prorrogable por otros dos periodos de 2 años cada uno de ellos. Se pueden expedir para trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena.
Esta autorización se da cuando una persona ha residido legalmente en España durante 5 años, y le autoriza a residir en territorio español indefinidamente y a trabajar en igualdad de condiciones que el resto de trabajadores/as.
Estas autorizaciones se otorgan para el desarrollo de determinadas actividades. Cuando finaliza el periodo por el cual fue otorgada, la persona extranjera debe volver a su país.
Estas autorizaciones permiten permanecer en España en situación de estancia, para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación. La duración de esta estancia será igual a la del curso en la que esté matriculada. Esta autorización no habilita para trabajar, aunque se pueden autorizar trabajos a tiempo parcial.
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